Carpeta 21802 Secreto comunicando levantamiento de incomunicacion de Tejero
ne~adieie, gms % I 5 ¢
Madrid, 18 de febrero de 1.983
Excmo.Sr.D.
Narciso Serra Serra
Ministro de
Defensa
MADRID.
j
>,
Letcveéo
LttditsGr
:
Te adjunto una nota sobre el asunto de que te hablé ayer en el Museo Naval, ya que creo debe solucionarse cuanto antes.
7
;
y
—
=sAturplino Suanzes-
ae
que se réconoce El dérécno a recibir diariamente y en Las horas que se sefialen a sus familias y amistades, cumpliendo los requisitos de control previstos en el articulo 28 de la misma disposicién.
Habiendo partido del Excmo.Sr. Ministro de Defensa las medidas establecidas, su levantamiento o ratificacién pudiera ser decidido al mismo nivel, directamente o a través de la Sala de Justicia del Consejo Supremo de Justicia Militar, que se ha dirigido al Capitan General de la Zona Maritima del Mediterraneo, y al de la Tercera Regién Militar interesando se informara sobre el origen de las 6rdenes dadas al respecto.
Madrid, 16 de febrero de 1.983
ANEXOS:
Mensaje de AJEMA n2& 682, de 06.10.1982.
Mensaje de AJEMA n2 691, de 08.10.1982.
Mensaje de AJEMA, sin ntmero, de 08.10.1982.
da) j AJEMA, n@& 05410, de 18.10.1982.
ANEXOS :
) Mensaje AJEMA n®& 682, de 06.10.1982.
) Mensaje AJEMA n2& 691, de 08.10.1982.
) Mensaje AJEMA, sin namero, de 08.10.1982.
) Mensaje AJEMA, n2& 05410, de 18.10.1982.
El dia 6 de octubre de 1.982 cumplimentando ordenes verbales del Excmo.Sr.Ministro de Defensa, el Teniente Coronel de la Guardia Civil Don ANTONIO TEJERO MOLINA ingres6é en la Prisi6én Naval de Cartagena. El Jefe del Estado Mayor de la Armada interes6é instrucciones sobre el régimen que debia observarse con dicho Jefe. El dia 8 del mismo mes, telefénicamente el Excmo.Sr.Ministro dispuso que el régimen de visitas del Teniente Coronel TEJERO quedaba limitado hasta nueva orden a familiares directos y sus abogados, O6rdenes que fueron transmitidas a la Capitania General de la Zona Maritima del Mediterraneo, de la que depende dicho Establecimiento penitenciario, por mensaje SECRETO n& 0.691, del que se dié cuenta al Sr. Ministro como destinatario de informaci6én.
Por el abogado defensor del citado Teniente Coronel, con escrito de fecha 26 de enero, se ha solicitado del Excmo. Sr.Capitan General de la Zona Maritima del Mediterraneo se levanten las medidas restrictivas de comunicacién establecidas, y se le reconozcan los derechos de visitas de familiares y amistades.
El régimen de comunicaciones y visitas de los oficiales y suboficiales presos o arrestados en establecimientos penales militares esta establecido por el Articulo 123 del Reglamento aprobado..por Real. Decreto -3331/78.,. de 22. de-diciembre,. 46nec que se reconoce el derecho a recibir diariamente y en las horas que se sefialen a sus familias y amistades, cumpliendo los requisitos de control previstos en el articulo 28 de la misma disposicién.
Habiendo partido del Excmo.Sr. Ministro de Defensa las medidas establecidas, su levantamiento o ratificacidén pudiera ser decidido al mismo nivel, directamente o a través de la Sala de Justicia del Consejo Supremo de Justicia Militar, que se ha dirigido al Capitan General de la Zona Maritima del Mediterraneo, y al de la Tercera Regién Militar interesando se informara sobre el origen de las é6rdenes dadas al respecto.
Madrid, 16 de febrero de
